Descifrando CIE-10 y esperando CIE-11
En Colombia, todos los profesionales de la salud requieren conocer la CIE-10 para codificar correctamente los diagnósticos en las historias clínicas, y los administrativos para tomar mejores decisiones al utilizar reportes estadísticos basados en esos códigos.
Anatomía de la CIE-10: Categorías y agregación
La CIE-10 consta de 21 capítulos, 2.036 categorías y 12.154 subcategorías en su versión original presentada internacionalmente en octubre de 1989.
Fue aprobada en mayo de 1990 por la cuadragésima tercera Asamblea Mundial de la Salud, adoptada por la mayoría de los países miembros de la OMS a partir de 1994, traducida a más de 40 idiomas, Se cita en más de 20.000 artículos científicos y es utilizado por más de 100 países de todo el mundo.
Los códigos posibles van de A00.0 a Z99.9 excepto la letra U que no se utiliza, pues se ha dejado para la asignación provisional de nuevas enfermedades de etiología incierta, o para investigación. La CIE-10 permite agregar y desagregar las enfermedades, porque utiliza el concepto de “familias” de enfermedades.
Es una lista básica de categorías de 3 caracteres, cada una de las cuales puede ser subdividida en 10 categorías, de 4 caracteres.
Próxima Clasificación Internacional de Enfermedades CIE-11
La CIE-11 ha sido diseñada para reflejar las nuevas necesidades en la generación y el uso de la información en salud, así como va a revolucionar la forma en que se codifican las condiciones en el entorno clínico.
Esta 11.a revisión es el resultado de una colaboración sin precedentes con médicos, estadísticos y expertos en clasificación y en TI de todo el mundo, de modo que puede ser utilizada por estos grupos, así como por los codificadores.
La CIE-11 permite a los países contabilizar e identificar sus problemas de salud más acuciantes utilizando un sistema de clasificación actualizado y clínicamente relevante. A las afecciones y accidentes relacionados con la salud se les asignan códigos de la CIE-11, lo que genera datos que pueden ser usados por los gobiernos para diseñar políticas de salud pública eficaces y medir su impacto o ser utilizados para el registro clínico.
Por primera vez, la CIE es totalmente electrónica. Actualmente proporciona acceso a 17.000 categorías de diagnóstico, con más de 100.000 términos de indización para el diagnóstico médico. El algoritmo de búsqueda por índices interpreta más de 1,6 millones de términos. La CIE-11 es fácil de instalar y usar en línea o fuera de línea utilizando un programa informático «contenedor» gratuito.
Organización mundial de la salud – https://icd.who.int/es
Cronología de desarrollo de la OMS para la CIE-11
- La fase Alfa inicio en mayo de 2011 con el desarrollo y prueba de un boceto preliminar para asegurarse de que la clasificación es aceptable para las partes interesadas (proveedores, usuarios, investigadores, académicos, gobiernos, organismos de estadística, OMS y ONU)
- La fase Beta inicio a partir de mayo de 2012 con la participación de algunos de los estados miembros de la OMS para verificar la validez, accesibilidad, implicaciones económicas y aplicabilidad de la clasificación.
- En junio y julio de 2018, la Organización Mundial de la Salud (OMS) publicó la nueva Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-11).
- En enero de 2019, La CIE-11 se presentó y se aprobó en la reunión de la Junta Ejecutiva.
- En mayo de 2019, La CIE-11 se presentó en la Asamblea Mundial de la Salud, Los Estados Miembros acordaron adoptar la onceava revisión de la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas de Salud Conexos (CIE-11).
- En febrero de 2022, la undécima Revisión de la Clasificación Internacional de Enfermedades (CIE-11) de la Organización Mundial de la Salud (OMS) ha entrado en vigor, y la última actualización se ha puesto en línea.
Transición de CIE-10 a CIE-11
En agosto de 2024, el Ministerio de Salud y Protección Social – MSPS, emitió acto administrativo por medio de la cual se adopta la Undécima revisión de la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas de Salud Conexos (CIE 11), para la codificación de morbilidad y mortalidad en Colombia y se establece el periodo de transición de CIE 10 a CIE 11.
Normatividad Vigente
- RESOLUCIÓN NUMERO 001442 (14 AGOSTO 2024). Por medio de la cual se adopta la Undécima revisión de la Clasificación Estadística Internacional de Enfermedades y Problemas de Salud Conexos (CIE 11), para la codificación de morbilidad y mortalidad en Colombia y se establece el periodo de transición de CIE 10 a CIE 11.
Las principales novedades que plantea la OMS para la CIE-11 son:
- Utiliza un contenido estandarizado para cada enfermedad que incluye: Nombre, definición concisa y comprensible, localización corporal, temporalidad, severidad, etiología, discapacidad, criterios diagnósticos y tratamiento.
- Por primera vez, es completamente electrónica y tiene un formato mucho más fácil de usar.
- Plataforma basada en Internet actualizada permanente y supervisada por expertos.
- No será traducida del inglés, sino construida simultáneamente en los seis idiomas oficiales de la Organización de Naciones Unidas (inglés, francés, español, ruso, chino y árabe) con verificación por expertos de la equivalencia lingüística.
- Esta Alineada con la CIF manteniendo la estructura de la CIE pero dando prioridad a los términos de la CIF cuando exista duplicidad.
- Códigos de extensión con su propio capítulo, incorporando y optimizando los códigos de daga y asterisco.
Mejoras en la CIE-11
Las mejoras generales que la CIE-11 aporta en materia de codificación permiten un registro y una recopilación de datos más precisos y detallados y una precisión clínica inédita, gracias a las siguientes características:
- Códigos de resistencia a los antimicrobianos en consonancia con el GLASS1.
- Códigos para la documentación completa de la seguridad del paciente, de acuerdo con el marco de seguridad del paciente de la OMS.
- La información necesaria para el registro de los cánceres está totalmente incorporada a la CIE-11.
- Codificación específica para los estadios clínicos de la infección por VIH.
- Codificación más relevante clínicamente para las complicaciones de la diabetes.
- Códigos para los cánceres de piel más comunes, en particular el carcinoma basocelular de la piel, y los subtipos de melanoma. Clasificación de las enfermedades de las válvulas cardíacas y la hipertensión pulmonar, que ahora se ajusta a la capacidad actual de diagnóstico y tratamiento.
- La codificación de los accidentes de tránsito y las causas de las lesiones está ahora en consonancia con la práctica internacional actual de documentación y análisis de datos.
¿Por qué le interesa a la OMS que los países pasen a la CIE-11?
- La mejor forma de producir datos útiles para la prevención, la asignación de recursos o la evaluación es utilizar una clasificación normalizada que se base en los conocimientos médicos y científicos más recientes.
- La CIE-10 está científica y tecnológicamente obsoleta; le falta contenido con respecto a varios usos efectivos de la CIE, como la atención primaria o las decisiones clínicas.
- La CIE-11 es un sistema flexible que elimina la necesidad de variantes locales y permite documentar todo tipo de información clínica. De este modo, y en combinación con la codificación simplificada, puede integrarse perfectamente en la rutina de la documentación clínica.
- La CIE-11 reduce los costos de uso de la CIE porque su uso correcto requiere menos capacitación y menos tiempo de codificación, por lo que permite la aplicación de la notificación estándar en lugares donde antes no era posible usar la CIE.
- La CIE-11, que es de uso gratuito en todos los países, ofrece guías y herramientas para el usuario y permite codificar de manera asequible los encuentros con los pacientes en el ámbito clínico.
Otros usos de la CIE-11
- La CIE-11 es flexible en cuanto al grado de detalle que puede reflejar. Puede adaptarse al entorno de atención primaria, a la vigilancia de enfermedades raras y a la notificación de eventos adversos en el marco de la gestión de la calidad y la seguridad de los pacientes. También se puede utilizar para analizar la casuística a efectos de reembolso y asignación de recursos.
- Entre los demás usos posibles cabe señalar su empleo como diccionario multilingüe o como servidor terminológico para estudios, encuestas y otros ámbitos que precisan el registro de información sanitaria.
Aspectos generales de la aplicación
A modo de estimación, un Estado Miembro que adopte por primera vez la CIE-11 en un sistema de información sencillo puede necesitar entre uno y dos años. Los Estados Miembros con un sistema de información muy sofisticado en el que ya se estén utilizando versiones anteriores de la CIE pueden necesitar de cuatro a cinco años para aplicar una nueva versión de la CIE.
En la codificación de la causa de muerte, la CIE-11 facilita la transición desde la CIE-10 y la lista de mortalidad simplificada (SMoL).
El tiempo y la cantidad necesarios para aplicar la CIE-11 dependerán en gran medida de dos factores:
- Si se ha utilizado una versión anterior.
- El nivel de penetración del uso de la CIE en la infraestructura nacional de información.
Calendario de implementación
Fecha Inicio: 14/08/2025
Responsabilidades del Ministerio de Salud y Protección Social
- Mantener durante la transición por un período de 12 meses, la recepción simultanea de codificación CIE 10 y CIE11 de todo el país. Con esta estrategia se asegura la estabilidad de los informes y, por tanto, la continuidad de los datos durante el cambio; la evaluación del impacto en las estadísticas longitudinales mediante el análisis comparativo de los datos; la realización de estudios de codificación dual y otros cruces.
- Ajustar los sistemas de información procurando articular todos los procesos que se llevan actualmente relacionados con la historia clínica electrónica, la actualización de los registros médicos incluidos los RIPS y el RUAFND. Así como, la articulación de las distintas clasificaciones que hoy se aplican en el sistema de salud colombiano tales como la Clasificación Única de Procedimientos en Salud (CUPS), la Clasificación Internacional de Funcionamiento, Discapacidad y Salud (CIF) y los estándares terminológicos que se están usando para los medicamentos y dispositivos médicos.
- Prestar el servicio de mesa de ayuda tecnológica para la implementación de CIE11 dirigida a todos los actores definidos en esta Resolución.
- El Ministerio de Salud y Protección Social informará en la página web del SISPRO (https://www.sispro.gov.co/central-prestadores-de-servicios/Pages/Transicion-de-la-CIE-10-a-la-CIE-11-en-las-IPS.aspx) la versión aprobada de la CIE11, con la que los diferentes actores a nivel nacional deberán actualizar las actividades correspondientes, es responsabilidad de ellos, la verificación de lo publicado.
GLOBHO desarrolló las funcionalidades requeridas para establecer la conexión en tiempo real con los servicios web tecnológicos ICD (Api CIE-11) que se habilitaron por parte de la OMS. https://globho.com
Globho – Software Medico
¡ CIE-11 está aquí ! la última actualización lanzada el 11 de febrero de 2022 está disponible para que los Estados miembros y otras partes interesadas la utilicen. Versión en Español
CIE-11 para las estadísticas de mortalidad y morbilidad, versión 02/2022
SISPRO Transición de CIE-10 a CIE-11. En este sitio encontrará todas las herramientas que se desarrollaron en el país, para facilitar la implementación de la CIE-11 en las aplicaciones para el registro de historias clínicas utilizadas por las IPS. sispro.gov.co
sispro.gov.co
Interoperabilidad de la historia clínica
Como antecedente de interoperabilidad en salud en Colombia, el Ministerio de Salud expidió la resolución 866 de 2021, en la cual se reglamenta el conjunto de datos mínimos relevantes para la interoperabilidad de la Historia Clínica en el país; y a su vez la ley 2015 de 2020, dispone que el Ministerio de Salud y Protección Social adoptará un plan de implementación de la Interoperabilidad de la Historia Clínica Electrónica -IHCE para el intercambio de los datos clínicos relevantes; de esa manera, el propósito de esta Guía de Implementación GI es desarrollar la especificación técnica, tomando como referencia el lenguaje común de intercambio que el Ministerio de Tecnología de Información y comunicaciones ha recomendado para la interoperabilidad de historia clínica en Colombia.
Concepto de Interoperabilidad de datos
Es la habilidad de los sistemas que manejan datos de la historia clínica en medios digitales para intercambiar información en forma electrónica y de usar dicha información intercambiada. La Interoperabilidad de la Historia Clínica – IHC comprende el conjunto de usuarios, normas, procesos procedimientos, recursos físicos, lógicos y financieros, tecnológicos que interrelacionados registran, procesan, almacenan, recuperan y distribuyen datos para dar cuenta de la situación de salud de la persona y del proceso de atención en salud, contribuyendo a la continuidad y a la seguridad de la atención.
La interoperabilidad para el intercambio de información debe respetar la heterogeneidad de los sistemas de información que poseen los diferentes actores del sistema de salud colombiano.
Normatividad Vigente
- LEY NÚMERO 2015 (31 ENERO 2020). Por la cual se crea la historia clínica electrónica interoperable y se dictan otras disposiciones.
- RESOLUCIÓN NÚMERO 000866 (25 JUNIO 2021). Por la cual se reglamenta el conjunto de elementos de datos clínicos relevantes para la interoperabilidad de la historia clínica en el país y se dictan otras disposiciones.
El RDA y la IHC
El Resumen Digital de Atención – RDA, es un estándar para compartir los datos relacionados con la epicrisis y el resumen clínico de la atención en salud de una forma integrada. Dicho estándar incorpora los elementos de datos relacionados con la identificación, contacto con el servicio de salud, uso de tecnologías en salud y la medición de resultados de valoración clínica y de laboratorio. De acuerdo con el Decreto 780 de 2016, el RDA se organiza tal como está definida la Epicrisis y el resumen clínico de atención.
El RDA es un documento digital generado por el prestador al final de la atención en salud de cada paciente, este resumen digital de atención deberá ser enviado a la plataforma de interoperabilidad usando los servicios dispuestos para ello. El RDA está basado en las variables de la resolución 866 de 2021 y estructura su información en diferentes secciones.
HL7 FHIR
Se ha definido HL7 FHIR (Fast Healthcare Interoperability Resources) como Lenguaje Comun de Intercambio, y dentro del estándar se han identificado los recursos para su modelamiento.
El estándar HL7 FHIR tiene recursos y operaciones específicas para la implementación de servicios terminológicos, a través de los cuales se pueden disponibilizar los contenidos, ofreciendo una forma estándar para la distribución, acceso y consulta terminológica.
La interoperabilidad requiere de la estandarización de terminologías, diccionarios, catálogos, subsets de valores y en general de la codificación asociada a la semántica de los contenidos que hacen parte de los procesos de intercambio.
El modelo del RDA está basado en los siguientes recursos del estándar:
- DocumentRefence, indice del Documento RDA.
- Composition, contexto del RDA: Fecha, organización,
- PatientCo, información demográfica del paciente
- Practitioner, Profesional de salud
- Organization, Prestador donde se realiza la atención
- Encounter(pendiente), información general del evento
- MedicationStatment, medicamentos que le son administrados al paciente
- Procedure(pendiente), procedimientos que han sido realizados
- Observation(pendiente), resultados
- AlergyIntolerance, tipos de alergia
- FamilyMemberHistory(pendiente), antecedentes
- Condition, diagnósticos y condición del paciente
Datos clínicos relevantes para la interoperabilidad de la historia clínica
Comprende los elementos de datos de la historia clínica que se van a interoperar, con sus características y valores, los cuales son los establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social.
Entiéndase por datos clínicos relevantes, aquellos datos de la historia clínica de una persona, que los prestadores de servicios de salud requieren conocer para su atención a lo largo del curso de vida.
- Elementos de datos de identificación del usuario de los servicios de salud. Corresponde a aquellos datos que apoyan la atención y motivan la determinación de riesgos relacionados con la identificación del lugar de origen y de residencia de la persona, la identificación de la persona en los sistemas de identificación del país, la edad al momento de la atención, la condición de sexo y género, el grupo poblacional que determina la vulnerabilidad a la que pertenece, la ocupación, presunción legal de donación y voluntad anticipada, la categoría de la discapacidad, si la tiene, la condición étnica, el asegurador responsable de la gestión del riesgo del individuo.
- Elementos de datos de contacto con el servicio de salud. Datos relacionados con los antecedentes del individuo al momento de la atención que incluyen: la fecha en que se inicia el evento, la priorización para la atención, la vía de ingreso y la modalidad de atención y el diagnóstico inicial que motiva la atención.
- Elementos de datos de tecnologías en salud. Corresponde a aquellos datos relacionados con las tecnologías prescritas, aplicadas o entregadas al usuario, como son: procedimientos en salud, medicamentos, dispositivos médicos, componentes anatómicos, aplicados o entregados en las fases de promoción de la salud, prevención, diagnóstico, tratamiento, rehabilitación y paliación de la enfermedad en la secuencia cronológica durante el curso de vida, entre otras.
- Elementos de datos de resultados del uso de las tecnologías en salud. Incluye datos relacionados con los diagnósticos finales asociados al evento de salud, las especificaciones de los resultados de la valoración clínica o de salud que son importantes durante la atención del paciente, la especificación de la referencia y/o contrarreferencia, datos de la incapacidad y licencia si ocurre y del profesional de salud responsable del egreso o finalización del evento.
Mecanismo electrónico de interoperabilidad de los datos clínicos relevantes
El mecanismo electrónico de interoperabilidad de datos clínicos relevantes de la historia clínica permitirá visualizar los datos de las atenciones de salud que deberán ser usados para dar continuidad a la atención en salud.
Los Ministerios de Salud y Protección Social y de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones implementarán el mecanismo en los términos del articulo 4 de la Ley 2015 de 2020.
Disposición de datos clínicos relevantes de la interoperabilidad
Los prestadores de servicios de salud en el país y los demás actores autorizados para la interoperabilidad, en lo que aplique de acuerdo con su competencia, deberán disponer los datos de las atenciones de salud realizadas de forma permanente, a través del mecanismo electrónico de interoperabilidad y las herramientas tecnológicas que se utilicen en la plataforma de interoperabilidad del país, una vez esté disponible, de conformidad con los principios de seguridad y circulación restringida de la información, establecidos en la resolución 866 de 2021 y en las Leyes 1581 de 2012, 2015 de 2020, y demás normas vigentes.
Los datos de las atenciones de salud dispuestos en el mecanismo de interoperabilidad deben ser usados exclusivamente para el proceso de atención integral en salud de las personas y vinculados a las funciones especificas de cada uno de los actores.
Acreditación de la responsabilidad
Los actores que participen en la interoperabilidad de los datos clínicos relevantes deberán adoptar medidas apropiadas, efectivas y verificables que les permitan demostrar el correcto cumplimiento de las normas sobre tratamiento de datos personales y cumplir los lineamientos de responsabilidad demostrada previstos por la Superintendencia de Industria y Comercio – SIC Y demás que fije sobre la materia. Igualmente. deberán establecer y adoptar un Programa Integral de Gestión de Datos Personales -PIGDP y cumplir con la guía para la implementación de la responsabilidad demostrada de la SIC.
Responsabilidades de lo prestadores de servicios de salud
- Adoptar los estándares para la interoperabilidad de los datos clínicos relevantes, de acuerdo con los lineamientos que para el efecto defina el Ministerio de Salud.
- Adecuar sus propios instrumentos de registro para la generación de datos.
- Fortalecer las capacidades del talento humano y desarrollar procesos de gestión del cambio.
- Contar con soluciones tecnológicas para disponer los datos clínicos relevantes para la interoperabilidad de la historia clínica. Para este caso puedes usar nuestra herramienta tecnológica GLOBHO que incluye esta funcionalidad totalmente GRATIS.
- Verificar la consistencia de los datos clínicos relevantes para la interoperabilidad de la historia clínica, en cuanto a los valores que asumen los elementos de datos y las validaciones.
- Disponer permanentemente de los datos en las atenciones en salud realizadas a los usuarios, para optimizar la prestación del servicio de salud.
- Cumplir con los lineamientos de seguridad de la información y seguridad digital para que en el uso de los mecanismos de comunicación y en el intercambio de datos de la historia clínica se garantice la confidencialidad, integridad, disponibilidad, autenticación y autorización.
- Garantizar el cumplimento de los principios, mecanismos, procesos y procedimientos definidos para la interoperabilidad de los datos en el SGSSS.
- Cumplir las obligaciones derivadas de la condición de responsable o encargado del tratamiento de datos y las derivadas de la Ley 1581 de 2012 y las normas que la modifiquen, sustituyan o desarrollen.
- En desarrollo de los principios de finalidad y libertad de los datos personales. la recolección, la transferencia y el uso de estos datos deberán limitarse a aquellos que son pertinentes y necesarios para la finalidad para la cual son recolectados o requeridos conforme a lo previsto en la normativa vigente.
Inspección, vigilancia y control
La inspección, vigilancia y control a las actividades de que trata la presente resolución se realizará por parte de la Superintendencia Nacional de Salud, la Superintendencia de Industria y Comercio y demás autoridades que, en el marco de sus competencias, tengan que conocer de una o varias de las actividades involucradas.
Calendario de implementación
A partir de la fecha de publicación de la resolución 866 de 2021, los actores definidos en el artículo 2, deberán ajustar sus sistemas de información a la estructura y formato que ahí se adoptan, y contarán con seis (6) meses para integrarlos e interoperarlos a partir de que se disponga el mecanismo de interoperabilidad por parte de los Ministerios de Salud y Protección Social y de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones.
En GLOBHO tenemos funcionalidades especializadas para el sector salud, Crea historias clínicas electrónicas interoperables cumpliendo la normatividad vigente https://globho.com
GLOBHO – Software Medico
Proyecto Salud Digital e Interoperabilidad Historia Clínica – IHC. minsalud.gov.co
MINSALUD – Ministerio de Salud y Protección Social
ABECÉ Interoperabilidad de Datos de la Historia Clínica en Colombia Términos y siglas. minsalud.gov.co
MINSALUD – Ministerio de Salud y Protección Social
Guía de Implementación GI define las especificaciones o anexo técnico. ihcecol.gov.co
MINSALUD – Interoperabilidad de Historia Clínica – Colombia